Confeccion de prendas de vestir, excepto prendas de piel
Especificación:
ESTA CLASE INCLUYE:
- La confeccion de prendas de vestir. Los materiales pueden ser de todo tipo (excepto pieles) como telas,
telas no tejidas, telas plastificadas, tejidos elasticos, encajes, cuero natural o artificial, materiales trenzables, entre otros. Estos materiales pueden estar banados, impregnados o encauchados. En principio,
el material se corta en piezas que luego se empalman mediante costura.
- Se incluyen tanto las labores ordinarias de produccion, como aquellas realizadas por contrata.
- La confeccion de prendas de vestir sobre medidas y_o en serie.
- La confeccion de prendas de vestir de cuero o cuero regenerado, incluido el cuero utilizado para la
confeccion de accesorios de trabajo industriales tales como los protectores de cuero para soldar.
- La confeccion de ropa de trabajo.
- La confeccion de otras prendas de vestir y artIculos en tejido de punto y ganchillo, cuando son fabricados con telas o hilados, de telas no tejidas, entre otros, para mujeres hombres y ninos: abrigos, trajes,
conjuntos, chaquetas, pantalones, faldas, entre otros.
- La confeccion de ropa interior y ropa de dormir de telas tejidas, de punto y ganchillo, de encaje, entre
otros, para hombres, mujeres y ninos: camisas, camisetas, calzones, calzoncillos, pijamas, camisones,
batas, blusas, combinaciones, sujetadores, entre otros.
- La confeccion de ropa de bebe.
- Las sudaderas, vestidos de bano, trajes para practicar deporte, trajes para esquiar, entre otros.
- La fabricacion de sombreros y gorros, incluso de piel.
- La confeccion de otros accesorios de vestir, guantes, cinturones, chales, corbatas, corbatines, redecillas
para el cabello, artIculos de tocado de peleterIa (cuero), entre otros.
- La confeccion de chalecos antibalas especiales para dama y para caballero.
- La confeccion de tapabocas, fajas y corses no ortesicos.
- La fabricacion de calzado de material textil sin aplicacion de suelas.
- La confeccion de partes de los productos mencionados.
- La fabricacion de prendas de vestir adornadas con piel.
ESTA CLASE EXCLUYE:
- La confeccion de prendas de vestir de piel (excepto artIculos de tocado, tales como sombreros, gorros,
entre otros). Se incluyen en la clase 1420, ?fabricacion de artIculos de piel?.
- La manufactura de prendas en tejidos de punto y ganchillo directamente en su forma. Se incluye en la
clase 1430, ?Fabricacion de artIculos de punto y ganchillo?.
- La fabricacion de calzado. Se incluye en el grupo 152, ?Fabricacion de calzado?.
- La fabricacion de prendas de vestir de caucho o plastico cuyas piezas se unen por adhesion y no por
costura. Se incluyen en la clase 2219, ?Fabricacion de formas basicas de caucho y otros productos de
caucho n.c.p.?, y en la clase 2229, ?Fabricacion de artIculos de plastico n.c.p.?, respectivamente.
- La fabricacion de guantes y gorros de cuero, cascos y demas accesorios para practicar deportes (rodilleras, musleras, entre otros). Se incluye en la clase 3230, ?Fabricacion de artIculos y equipo para la
practica del deporte?.
- La fabricacion de fajas, corses y similares para fines ortesicos. Se incluye en la clase 3250, ?Fabricacion
de instrumentos, aparatos y materiales medicos y odontologicos (incluido mobiliario)?.
- La fabricacion de cascos de seguridad. Se incluye en la clase 3290, ?Otras industrias manufactureras
n.c.p.?.
- La confeccion de prendas de vestir y cubrecabezas de asbesto. Se incluyen en la clase 2399, ?Fabricacion de otros productos minerales no metalicos n.c.p.?.
- El arreglo de prendas de vestir. Se incluye en la clase 9529, ?Mantenimiento y reparacion de otros efectos personales y enseres domesticos?.
- La fabricacion de ropa ignIfuga y otras prendas de proteccion que no sean de asbesto. Se incluye en la
clase 3290, ?Otras industrias manufactureras n.c.p.?.