Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosasEsta clase comprende todas las formas de cultivo de cereales, legumbres y semillas oleaginosas en campos abiertos, incluidos el cultivo considerado organico y el cultivo de plantas geneticamente modificadas. En muchos casos una misma unidad agrIcola se dedica a varios de esos cultivos.
Especificación:
ESTA CLASE INCLUYE:- El cultivo de cereales, como: trigo, maIz, sorgo, cebada, centeno, avena, mijo y otros cereales n.c.p.- El cultivo de legumbres, como: frijoles, habas, garbanzos, caupies, lentejas, arvejas, guandues y otras leguminosas n.c.p.- El cultivo de semillas oleaginosas, como: soya, cacahuates o manIes, semillas de algodon, semillas de ricino, semillas de linaza, semillas de mostaza, semillas de girasol, semillas de colza, semillas de sesamo, semillas de cartamo y otras semillas oleaginosas n.c.p.ESTA CLASE EXCLUYE:- El cultivo de arroz. Se incluye en la clase 0112, ?Cultivo de arroz?.- El cultivo de maIz y cualquier otro cereal forrajero. Se incluye en la clase 0119, ?Otros cultivos transitorios n.c.p.?.- La fabricacion de alcohol carburante a partir de cereales. Se incluye en la clase 2011, ?Fabricacion de sustancias y productos quImicos basicos?.